Art . 10. - El dia del Santo Patrono de esta ciudad y su víspera, todos los vecinos de la carrera por donde deba pasar la procesion, limpiarán el frente de su casa respectiva; adornarán con colgaduras sus ventanas y balcones, y en las noches de ámbos dias iluminarán las fachadas de sus edificios; bajo la multa de dos á cinco pesos.
(Se ha respetado el texto como fue escrito)
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