Thursday, December 10, 2020

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948

Preámbulo 

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, 

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias, 

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión, 

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones, 

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, 

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y 

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso, 

La Asamblea General 

Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1 

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2 

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. 

Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3 

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4 

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5 

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6 

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7 

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8 

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9 

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10 

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11
  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13
  1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

  1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

  1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

  1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

  1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20
  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

  1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23
  1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
  2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24 

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25
  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

  1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

  1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29
  1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30

Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. 

(http://www.ohchr.org/)

Los Derechos Humanos


La fuente última de los derechos humanos no se encuentra en la mera voluntad de los seres humanos, en la realidad del Estado o en los poderes públicos, sino en el hombre mismo y en Dios su Creador. Estos derechos son «universales e inviolables y no pueden renunciarse por ningún concepto». Universales, porque están presentes en todos los seres humanos, sin excepción alguna de tiempo, de lugar o de sujeto. Inviolables, en cuanto «inherentes a la persona humana y a su dignidad» y porque «sería vano proclamar los derechos, si al mismo tiempo no se realizase todo esfuerzo para que sea debidamente asegurado su respeto por parte de todos, en todas partes y con referencia a quien sea». Inalienables, porque «nadie puede privar legítimamente de estos derechos a uno sólo de sus semejantes, sea quien sea, porque sería ir contra su propia naturaleza». (ver texto completo del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia)

sin leer (a propósito del Día Internacional de los Derechos Humanos)


por Joaquín Estrada-Montalván


A propósito del Día Internacional Internacional de los Derechos Humanos, vuelvo a traer a colación esta anécdota relacionada con la prensa oficial cubana y sus criterios éticos/profesionales.

Cuando formaba parte del equipo de la revista Enfoque (de la arquidiócesis de Camagüey y decana de las revistas católicas cubanas actuales), distribuía la publicación, de manera discreta, a un grupo de intelectuales orgánicos (periodistas, escritores, etc) que les interesaba leerla, pero que a la vez no se supiera que la leían (por aquello de que no era conveniente, ...)

Con motivo del 50 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, publicamos en Enfoque el texto completo de dicha  declaración.

Luego de varios días de haber concluido la distribución de la revista a  los miembros de la ya mencionada lista, me encuentro con uno de ellos (periodista) y me dice (más o menos):

Joaquín, que bueno que publicaron "eso" de los Derechos Humanos, porque llevo varios años escribiendo y denunciando  en el peridióco [Adelante] sobre como EUA los viola [a los Derechos Humanos] y no la había leído [la Declaración] .

Quizás no sea esta la regla, pero tampoco creo que sea la excepción.


Discurso de Guy Pérez de Cisneros, al presentar a votación el proyecto de la "Declaracion Universal de los Derechos Humanos" en la Tercera Asamblea General de las Naciones Unidas. Diciembre 10, 1948.






10 diciembre de 1948


Sr. Presidente
Sres. Delegados


Cuba no podía dejar de figurar en el coro de países que en esta Tercera Asamblea General de las Naciones Unidas desean celebrar, desde la más importante tribuna del mundo, la realización, ya muy próxima, de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.

Al efecto, fue por iniciativa cubana que, desde las primerísimas sesiones de la Asamblea General en Londres, se le encomendó al Consejo Económico y Social la ardua tarea de elaborar un documento de tan larga trascendencia. Y en esta oportunidad, sentimos verdadero orgullo al recordar que el primer proyecto, muy modesto, depositado oficialmente para servir de base a la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, lo fue por el Doctor Emesto Dihigo, eminente profesor de la Universidad de La Habana, y miembro de la delegación de Cuba.

Hoy, aquella iniciativa, madurada gracias a los brillantes trabajos de la Comisión de los Derechos del Hombre, alcanza su resultado definitivo, que fue presentado con tanto talento por el ilustre Relator de la Tercera Comisión, el senador haitiano señor Saint Lean y por su presidente el señor Laar, ministro del Líbano en La Habana, por quien sentimos tanta admiración y tanto afecto. Séame permitido añadir que ha sido para Cuba una honda satisfacción este hecho de ser un haitiano el portador frente a la humanidad del más valioso mensaje de las Naciones Unidas, porque no puede dejarse de reconocer que Haití es precisamente de aquellas tierras privilegiadas cuya historia entera se caracteriza por un esfuerzo heroico y constante por defender y dar vigencia a los derechos del hombre.

La delegación de Cuba agradece a la Tercera Asamblea haber acogido con calor su propuesta de designar como Relator para la Comisión de los Derechos Humanos al señor Saint Leau. Como pueblo de la América de habla española, Cuba se siente orgullosa de haber delegado para el informe de la Tercera Comisión en un destacado hijo de un país americano de lengua francesa, de Haití, tierra en la cual el gran Bolívar, nuestro Bolívar, halló a la vez estímulos morales y ayuda material para lograr su gran obra de liberación y de libertad.

Mi delegación, en estos momentos de alegría en que a cada uno debe dársele lo suyo, tiene el deber de reconocer la labor de gran mérito de la Comisión de los Derechos del Hombre, que trabajó incansablemente durante dos años bajo la inspiradora presidencia de Mrs. Roosevelt y que redactó en verdad un valioso proyecto de documento que expresaba con belleza y con fuerza la aspiración más elevada del hombre del siglo XX: el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencia.

Otro de los documentos históricos que inspiró las labores de la Tercera Comisión fue la Primera Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre aprobada internacionalmente por los pueblos americanos en Bogotá. Mi delegación, a quien le cupo el honor, hizo un deber de presentar y defender ante las Naciones Unidas los más valiosos aspectos de aquel precioso texto y puede afirmar ahora, con toda sinceridad, que las Naciones Unidas han sabido recoger todos los puntos esenciales con los cuales el documento de Bogotá podía enriquecer el proyecto del Consejo Económico y Social.

Sobre este aspecto de nuestras labores, no podemos dejar de mencionar que fue gracias al tesonero esfuerzo y al gran poder de convicción del delegado de México, doctor Campos Ortiz, que la Tercera Comisión agregó a su texto original el importante artículo 9, inspirado en el derecho de amparo mexicano y que es el único texto de la Declaración que garantiza, en el campo nacional, el efectivo respeto de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por la ley.

Dentro de un mismo orden de ideas, le corresponde a mi delegación el honor de haber inspirado la forma definitiva de uno de los Considerandos, que reconoce esencial que los derechos, del hombre sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión. Así queda inscrito, en esta Declaración, el espíritu de uno de los Artículos de la Constitución cubana que confiere el derecho de resistencia adecuada contra tales desmanes arbitrarios. Y este Considerando es, además, un homenaje a Francia, tributado por mi país, que tanto admiró y que siguió, como lucha propia, las etapas de su gloriosa ‘resistance’.

Nos es grato comprobar que, en la Declaración, los derechos sociales, que son el principal aporte del siglo XX en esta materia, así como los derechos jurídicos lo fueron del siglo XIX, quedaron tratados con toda la importancia que merecen, y le queremos expresar a las Naciones Unidas nuestro agradecimiento por haber acogido favorablemente textos inspirados por dos enmiendas cubanas que reconocen, en el campo del trabajo, el derecho de seguir libremente su vocación, y también el derecho que ha de tener todo trabajador de recibir una remuneración equitativa y satisfactoria que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana, y que sea completada de ser necesario por cualesquiera otros medios de protección social.

No podrá tampoco olvidar mi delegación la acogida que recibió otra de sus iniciativas por parte de las Naciones Unidas: la de inscribir en la Declaración el derecho a la protección de la honra, elevadísimo concepto moral tan enraizado en toda alma de estirpe española.

Y no nos es posible silenciar que gracias al esfuerzo conjunto de Francia, México y Cuba, se le reconoció de manera definitiva a aquellos que pertenecen a la única aristocracia legítima, me refiero a los creadores, ya sean artistas, literatos o bien científicos, el derecho a la protección de sus intereses morales y materiales, que les corresponden por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autor.

No nos corresponde por el momento subrayar otros aspectos importantes de la Declaración, que tanto valor le dan. Pero no silenciaré que mi país y mi pueblo están altamente satisfechos al ver que de manera tan rotunda se ha condenado para siempre la odiosa discriminación racial y las injustas diferenciaciones entre hombres y mujeres.

La delegación de Cuba vaciló muchas veces antes de presentar sus numerosísimas enmiendas al proyecto de la Declaración de los Derechos del Hombre. Sin embargo, en definitiva entendió que ese afán de perfección y esa severidad crítica eran uno de sus deberes, ya que tenía el derecho de ser muy exigente en un asunto de esta índole una delegación que representa a un país que tiene el orgullo de haber producido el Manifiesto de Montecristi, una de las más generosas y humanas declaraciones de los derechos y deberes del hombre que haya presidido al nacimiento de una nación.

Y creo a bien, señor presidente y señores delegados, que los miembros de la delegación cubana se sienten hondamente conmovidos cuando, al recorrer los Artículos de la importante Declaración que vamos a aprobar dentro de unos minutos, pueden reconocer que todos sus pasajes podrían haber sido aceptados por aquel generoso espíritu que fue el Apóstol de nuestra independencia, José Martí, el héroe que al hacer de su patria una nación, le fijó para siempre esta generosa norma: “Con todos y para el bien de todos”.

Muchas gracias.



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Ver en el blog 

Borrador para trabajar en la redacción de la "Declación de Derechos Humanos", presentado por la delegación cubana a la Asamblea General de las Naciones Unidas. Año 1946




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Documentos tomados de: 

Skagerlind, Evelina: "Cuba made the first draft in the making of the Universal Declaration of Human Rights"

Wednesday, December 9, 2020

(Mons. Bergoglio, 1998) “Es necesario para Cuba ... transformar algunas estructuras y en especial sus instituciones políticas"

(ACI Prensa) Francisco, promotor clave del acercamiento diplomático entre Cuba y Estados Unidos, señaló como Arzobispo de Buenos Aires en 1998 que el mensaje de San Juan Pablo II al pueblo cubano y a Fidel Castro “contiene una profunda reflexión acerca de la necesidad de franquear el camino que permita a los ciudadanos cubanos participar en la vida civil de ese país”.

“Es necesario para Cuba y para otras naciones, emprender un plan tendiente a transformar algunas estructuras y en especial sus instituciones políticas, para sustituir regímenes corrompidos, dictatoriales o autoritarios, por otros democráticos y participativos. La libre participación de los ciudadanos en la gestión pública, la seguridad del derecho, el respeto y la promoción de los derechos humanos, se erigen como requisito imperativo, como condición necesaria para tender al desarrollo del hombre, de todos los hombres”, afirmó Mons. Bergoglio.

Antes de terminar su ensayo, el hoy Pontífice señaló en 1998: “Al preguntarnos sobre cuáles son los derechos que la Iglesia reivindica como naturales del hombre, nos encontramos con la completa enumeración de Pío XII en su Mensaje de Navidad de 1942: 1º El derecho a conservar y desarrollar la vida corporal, intelectual y moral; 2º El derecho a una formación y a una educación religiosa; 3º El derecho al culto de Dios, privado o público, comprendido en él el ejercicio de la acción caritativa religiosa; 4º El derecho, en principio, al matrimonio y a la obtención de su fin; 5º El derecho a la sociedad conyugal y doméstica; 6º El derecho al trabajo como medio indispensable para el mantenimiento de la vida familiar; 7º El derecho a la libre elección de un estado de vida y también, por consiguiente, del estado sacerdotal o religioso; 8º El derecho al uso de los bienes materiales en la conciencia de los propios deberes y de los límites sociales.

"Todos y cada uno han sido abordados en la visita de Su Santidad a Cuba, desarrollados en los diálogos sostenidos con los distintos sectores de la comunidad". (Leer texto completo)

“Lamentablemente –advirtió-, llegamos a la conclusión que muchos de ellos, por motivos varios y que no siempre responden a una lógica clara, han sido anulados, mutilados u ocultados durante largo tiempo al pueblo cubano”.

Sin embargo, aseguró que “mientras exista injusticia, se alzará la voz de la Iglesia para que el reclamo de los que sufren sea oído y reconocido. Este gran cambio en las sociedades del mundo no se dará sin antes transformar el corazón de cada uno de nosotros. Esta transformación del corazón será el inicio de la libertad de conciencia, base y fundamento de los otros derechos humanos”.

El Camagüey y La Habana (un poema de Martina de Pierra, 1868)


En un lugar muy bello de nuestra Cuba hermosa,
Rodeado de palmares se encuentra el Camagüey,
Allí donde se hallaba en otra edad dichosa
Un pueblo que era todo de raza siboney.

Ahora como entonces su suelo fertilizan
Arroyos que murmuran con mágico rumor…
Ahora como entonces las auras de deslizan
Formando entre sus flores un nido encantador.

Ahora como entonces ostentan sus plumajes
Mil aves que en sus bosques gorjean de placer;
Ahora como entonces magníficos paisajes
La pródiga Natura derrama por doquier.

Mas corno los de entonces no existe ya ni un hombre,
Que toda se extinguiera la raza siboney;
Allí se ve otro pueblo, y con distinto nombre,
Como es la que lo habita, también distinta grey.

Mi madre y mis hermanos a ella pertenecen;
Allá nacieron ellos, también naciera yo,
Que en medio de las palmas y ceibas que allí crecen,
Su brisa mugidora, mi cuna se meció.

Por eso amo ese pueblo con un cariño santo,
Y siento que una lágrima resbala por mi tez
Al recordar el tiempo en que gozara tanto,
El tiempo de mi alegre y cándida niñez.

¡Qué edad tan apacible, tan grata y deliciosa!
¡Qué pura y qué inocente llegué a mi juventud,
Mirando por doquiera un porvenir de rosa,
Gozando mil ensueños de amor y de virtud!

¡Cuán grande ante mis ojos mi pueblo aparecía!,
¡Que bello de su aurora el límpido arrebol!,
¡Qué lindas sus mujeres!, ¡qué espléndido su día!,
¡Qué verdes sus praderas!, ¡qué fúlgido su sol!

Mas, ¡ay!, que la desgracia batió sus negras alas;
Rugiendo en torno mío bramó la tempestad,
Cubrióme de Natura las refulgentes galas
Tras un velo densísimo de inmensa obscuridad.

Mis ilusiones castas, mis sueños seductores,
El fiero desencanto troncho sin compasión,
Cual troncha en las praderas las más hermosas flores
El soplo enfurecido del hórrido aquilón.

Llorando sin consuelo fijaba en lontananza
Mi vista entristecida, buscando sin cesar,
Entre la densa bruma la luz de una esperanza
Que mi dolor intenso viniese a consolar.

Y quiso al fin piadoso el Ser Omnipotente
Mostrar ante mis ojos un rayo de esa luz,
Y vi con alegría su lumbre refulgente
Rasgar del horizonte el lóbrego capuz.

¡Cobrando nuevo aliento alcé mi frente mustia,
Fijé la vista en ella, y de su lumbre en pos,
Dejé mi amado pueblo, mas con mortal angustia
De eterna despedida le di mi triste adiós!

En otro lugar bello, también de Cuba hermosa,
Elévase otro pueblo que la moderna grey
Hiciera con orgullo más culta y más dichosa
Que aquella que fundara mi lindo Camagüey.

También está rodeado de ceibas y palmares,
Y el aura gira en ellos con dúlcido rumor,
Su suelo fertiliza el límpido Almendares
Y el cielo también brilla con mágico esplendor.

Encierra su recinto mujeres candorosas
De rostros hechiceros de lánguido mirar,
De nobles corazones, que siempre cariñosas
Del mísero que sufre consuelan el pesar.

Y agítase en su seno, ruidosa y palpitante,
En pos de los placeres, alegre multitud;
Y brilla al par la antorcha espléndida y radiante
Que guía hacia el Progreso la ardiente juventud.

Y en este pueblo hermoso poner le plugo al cielo
La luz que ante mis ojos brilló en la inmensidad
Cuando lloraba mi alma en triste desconsuelo,
Cercada por doquiera de negra obscuridad.

Y su reflejo dulce, fantástico y divino,
Con fe, con entusiasmo, constante yo seguí,
Y él fue quien a despecho de mi feroz destino,
Burlando sus rigores, condújome hasta aquí.

Y el pecho palpitante, mas lleno de confianza,
«Salud, oh, noble Habana», te dije con amor,
«Recíbeme en tu seno, y colma mi esperanza,
Borrando de mi alma el negro sinsabor».

Y en ti se realizaron mis sueños seductores,
Viviendo venturosa tras tanto padecer,
Pues miro ante mis ojos brotar de nuevo flores,
Y gratas impresiones encuentro por doquier.

Y de un amante esposo las férvidas caricias,
Y de mis tiernos hijos el dulce sonreír,
Mi corazón embriagan de célicas delicias,
Haciéndome, ¡oh!, Habana, tu nombre bendecir.

Si allá entre sus palmares la luz primera vieron
Mi madre y mis hermanos, si allí nací también,
Mis hijos y mi esposo su cuna aquí tuvieron,
Y aquí donde están ellos, aquí tengo mi edén.

Por eso te amo tanto y tengo confundido
Tu nombre con el nombre del pueblo en que nací;
Allí fue de mi infancia el tiempo más querido,
Mas hoy de mi presente los goces tengo aquí.

Perdona, pues, ¡oh, patria!, si es tanta mi ventura
Que a tu adorado suelo no quiero retornar,
Allá en mi juventud bebí tanta amargura,
Que aún siento a su recuerdo mis lágrimas brotar.

Más guarda para siempre los sueños de mi infancia,
Y de mis quince abriles la cándida ilusión,
Así como a despecho del tiempo y la distancia
Conserva tu recuerdo mi amante corazón.

Mas, tú, mi hermosa Habana, mi suelo hospitalario
En cuyo amante seno confiada me arrojé,
Tú de mi amor encierras el místico santuario,
Tu tienes mi ternura, mis votos y mi fe.

Pues colmas mi presente de puros regocijos,
Y miro en tu horizonte mi estrella relucir,
Al lado de mi esposo, rodeada de mis hijos,
Tranquila y venturosa aguardo el porvenir.

Y sólo pido al cielo que cuando yo sucumba
A ellos pueda darle mi santa bendición,
Ya ti, mi hermosa Habana, te ruego que mi tumba
Encierre para siempre tu fúnebre panteón.

Martina de Pierra, 1868

(Social. Navidad 1917) ¿Quién es diciembre? Por Max Henríquez Ureña


 

Tuesday, December 8, 2020

A Melitina Azpeytía (un poema de José Martí)

Tomado del Website de la Universidad de Miami
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No sé, Melitina hermana,
Que en este mundo haya cosa
Como la mañana hermosa
En una selva cubana.

Primero es perla dormida
Que va despertando al coro;
Y luego la perla es oro,
Y luego fragua encendida.

Prenden el cielo cambiante
Vivas llamaradas rojas:
El sol, por entre las hojas,
Reluce, como un brillante...

Mas calla de pronto, calla
La naturaleza toda:
Cesa, con susto de boda,
La magnífica batalla.

Y por el claro horizonte,
Y por la pálida tierra,
Vibra, cual canto de guerra,
La voz del clarín del monte!

Selva es mi Cuba, arropada
Entre tristísimos velos,—
Selva, que ya ve en los cielos
La luz de la madrugada:

Y tú, Melitina mía,
Con tu voz pura y sonora,
Eres el clarín de aurora
De nuestra selva sombría.

La primera función (que se tenga noticias) de teatro en Camagüey


"No hay noticias de que en años anteriores hubiera habido representaciones teatrales en la Villa; hasta que en primero de Enero de este año [1809] pidió licencia don José Galeano para que se le permitiera dar algunas funciones á la compañía de aficionados que dirigía y le fué concedido el permiso á condición de ceder una de cada ocho que ejecutara, «á beneficio del donativo patriótico que se estaba llevando á cabo>. Que era el de allegar recursos para sostener las Milicias sobre las armas, temiendo sin duda alguna invasión de los franceses, por la guerra que sostenían con España". (Juan Torres Lasqueti, "Colección De Datos Históricos-Geográficos y Estadísticos de Puerto del Príncipe y su Jurisdicción", 1888)

Identidad católica y Brigadas de respuesta rápida (por P. Alberto Reyes)


Texto tomado del Facebook del autor


Debido a que en los centros de trabajo se ha estado pidiendo a los trabajadores que firmen su disponibilidad para integrar las Brigadas de respuesta rápida, con el objetivo de agredir a aquellos que expresen una opinión contraria al discurso oficialista, creo que es pertinente aclarar que dentro del quinto mandamiento (No matar) se incluye no agredir a nadie, ni de palabra, ni de obra. Por lo tanto, desde la doctrina católica, es pecado dar el consentimiento para la agresión del prójimo, y es pecado grave participar en las Brigadas de respuesta rápida.

Toda persona cristiana que haya dado su consentimiento escrito a esta práctica debe, en conciencia, retirarlo. Y toda persona cristiana que participe en un acto de repudio o agresión a un semejante, no debe recibir la eucaristía hasta que no haya acudido a la confesión sacramental, con el debido reconocimiento de su falta y con el propósito de no volver a hacerlo.

(Revista Social. Enero 1917) Crónica, y entrevista, de la visita de Isadora Duncan a La Habana. Por Francisco Acosta.


Para fomentar el amor al arte, en este país [Cuba], el más bello que mis ojos han visto, y los he recorrido todos, hay que empezar con los niños. Hay que educar a esos niños, enseñarlos a caminar, a correr graciosamente, a mirar el cielo y el mar, a comprender la belleza de la campiña, de los árboles, de las flores. Aquí tienen ustedes un clima ideal y a la orilla del mar deberían formar un teatro al aire libre, donde se representaran obras de la antigua Grecia. Esos niños traerían otros más, y poco a poco iría creciendo su clase y aumentando el interés por el culto de lo bello, que es lo artístico. Aquí hay músicos cubanos; ellos escribirían obras que tuviesen por tema los cantos populares del pueblo. Poco a poco se iría formando un arte cubano, que tuviese un sello tan individual y característico como el arte griego o el arte ruso. (Isadora Duncan. Fragmento de su entrevista, con motivo de su visita a Cuba, en la Revista Social de enero de 1917. Texto completo en las imágenes anteriores)

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Monday, December 7, 2020

Poema 75 de "La patria es una naranja" (de Félix Luis Viera)

Nota: Cada lunes la poesía de Félix Luis Viera. Puedes leer todos sus textos, publicados en el blog, en este enlace. Traducción al italiano de Gordiano Lupi.


Poema 75 de La patria es una naranja 



75


Candorosas putas de mi patria
lejos, desde esta gigantesca Ciudad yo las saludo
yo las amo en la distancia
muchachas que soñaron como yo una vez con el porvenir del oro
equitativamente repartido
Putas mías
putas filólogas ingenieras médicas economistas lánguidas
licenciadas
que se han vendido a un italiano gordo dueño de un taller de mecánica
a un gastronómico sueco
a un trailero mexicano
a un canadiense que corta el césped en los jardines ajenos
a un español especialista en longanizas
a un portugués ratero
yo las quiero putas mías
yo las quiero y les canto y soy vuestro defensor
muchachas
adolescentes
cuyos padres les dijimos que el hambre jamás entraría en vuestro reino
puesto que era
asunto de otras latitudes
cuyos padres les aseguramos
que aquellos que hoy las poseen por cuatro dólares
eran miserables sin valor para construir un porvenir ausente del oprobio
cuyos padres les aseguramos
que cantaríamos a las cinco de la tarde
cada día
en las colinas que levantábamos donde habríamos de cultivar flautas y
guitarras
Putas de la patria mía
muchachas adolescentes licenciadas en proyectos perdidos
yo las quiero
y las convoco a seguir amando cuando llegue el momento.

Ciudad de México, 1998




75


Candide puttane della mia patria
lontano, da questa gigantesca Città vi saluto
vi amo da lontano
ragazze che sognaste come me un futuro d’oro
equamente ripartito.
Puttane mie
puttane filologhe ingegnere medico economiste languide
laureate
che si sono vendute a un italiano grasso padrone di un’officina meccanica
a un cuoco svedese
a un camionista messicano
a un canadese che taglia il prato nei giardini altrui
a uno spagnolo specialista in salsicce
a un portoghese spregevole
vi voglio bene puttane mie
vi voglio bene, canto per voi e sono il vostro difensore
ragazze
adolescenti
a cui noi genitori dicemmo che la fame mai sarebbe entrata nel vostro regno
e che era
problema di altre latitudini
a cui, noi genitori assicurammo
che quelli che oggi vi possiedono per quattro dollari
erano miserabili senza valore per costruire un futuro senza il disonore
a cui, noi genitori assicurammo
che avremmo cantato alle cinque della sera
ogni giorno
nelle colline che innalzavamo dove avremmo coltivato flauti e chitarre.
Puttane della patria mia
ragazze adolescenti laureate in progetti perduti
vi voglio bene
e vi invito a continuare ad amare
quando arriverà il momento.





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Félix Luis Viera, poeta, cuentista y novelista, nació en Santa Clara, Cuba, el 19 de agosto de 1945. Ha publicado siete poemarios; tres libros de cuento; cuatro novelas y una noveleta.
Entre los premios que recibiera en su país natal, se cuentan el David de Poesía, en 1976; el Premio Nacional de Novela, en 1987, por Con tu vestido blanco, que recibiera al año siguiente el Premio de la Crítica, galardón que ya le había sido otorgado a este autor, en 1983, por su libro de cuento En el nombre del hijo.

Su poemario La patria es una naranja, que aborda el tema del exilio a la par que incursiona en la realidad mexicana, ha tenido una buena acogida de crítica y público y recibió en Italia el Premio Latina in Versi en 2013.
Es ciudadano mexicano por naturalización. Reside en Miami.

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Gordiano Lupi, periodista, escritor y traductor, nació en Piombino, Italia, en 1960. Fundador, en 1999, junto con Maurizio y Andrea Maggioni Panerini de la editorial La Gaceta Literaria, ha traducido del español a varios autores cubanos, como Alejandro Torreguitart Ruiz, Guillermo Cabrera Infante, Félix Luis Viera y Virgilio Piñera, entre otros. Cuenta en su haber con un amplio trabajo sobre figuras del cine, entre ellas Federico Fellini, Joe D´Amato y Enzo G. Castellari. Ha publicado más de una decena de libros que abarcan diversos géneros, como Nero tropicale, Cuba magica, Orrore, ertorismo e ponorgrafia secondo Joe d´Aamto y Fidel Castro – biografia non autorizzata.  Gordiano Lupi es un luchador por la democracia para Cuba y un promotor de las artes y la cultura de la Isla.

(Bohemia. Agosto 5, 1956) Entrevista a Enrique Loynaz del Castillo

Interesante entrevista en la que Enrique Loynaz del Castillo narra de sus encuentros con José Martí, la organización de la expedición de la Fernandina, de su proyecto de introducir el tranvía en Camagüey, de cuando salvó la vida a Antonio Maceo en Costa Rica, de como fue que le pidieron debido a sus estudios de flauta que compusiera el himno "Invasor", y  otras historias. 

Transcribo el fragmento en el que narra de cuando salvó la vida a Antonio Maceo:
De Costa Rica tuve que salir precipitadamente, después del incidente en que me vi obligado a darle muerte al agente español Isidro lncera para salvarle la vida a Maceo. Lo maté cuando ya él había herido al Titán y éste yacía sangrentado en el suelo. Incera se acercó para rematarlo, y cuando disparé, la bala de mi revólver salió al unísono con la suya. El no hizo blanco y yo sí. Eso fué todo...

(Camagüey) La "Ceiba de la Libertad"


La "Ceiba de la Libertad", conocida como la "ceiba del Casino" (Campestre de Camagüey), fue plantada el 20 de mayo de 1902, por un grupo de alumnos de las Escuelas Públicas de la ciudad. (JEM)

Sunday, December 6, 2020

Revista Social. Febrero 1929


Ilustración de la portada realizada por José Manuel Acosta fotógrafo e ilustrador vanguardista. Hermano del poeta Agustín y padre del musicólogo Leonardo. Se le debería recordar por su audacia con las imágenes en esa época de la primera promoción de vanguardia. (Nota de Roberto Méndez Martínez).

Christmas (by Pentatonix)


Nación y "nacionalidades" (por Julian Marías. "El país". España. Enero 15, 1978)


España ha sido la primera nación que ha existido, en el sentido moderno de esta palabra; ha sido la creadora de esta nueva forma de comunidad humana y de estructura política, hace un poco más de quinientos años -si se quiere dar una fecha representativa, sería 1474- Antes no había habido naciones: ni en la Antigüedad, ni en la Edad Media habían existido; ni fuera de Europa. Ciudades, imperios, reinos, condados, señoríos, califatos; naciones, no. Poco después de que España llegara a serlo, lo fueron Portugal, Francia, Inglaterra; con España, la primera «promoción»; más adelante, Holanda, Suecia, Prusia;. en un sentido peculiar, Austria, y desde fines del siglo XVII empieza a germinar algo así como una nación dentro de Rusia. Italia y Alemania no llegan a ser naciones hasta hace un siglo (aunque se sentían ya así, social si no políticamente, mucho antes, y verdaderamente lo eran).Políticamente, las expresiones «Monarquía española» y «Nación española» han precedido largamente a «España». El Tesoro de la lengua castellana o española, de Sebastián de Covarrubias (1611), da esta definición: «NACION. Del nombre latino natio, is, vale reyno o provincia estendida, como la nación española.» Ricardo de la Cierva, en un artículo impecable, acaba de recordar lo que ha sido siempre, cuantitativamente incluso, el uso constitucional de las expresiones «Nación» y «Nación española».

Hasta hace unos días, el anteproyecto de Constitución recién elaborado arroja por la borda, sin pestañear, la denominación cinco veces centenaria de nuestro país. Me pregunto hasta dónde puede llegar la soberbia -o la inconsciencia- de un pequeño grupo de hombres, que se atreven, por sí y ante sí, a romper la tradición política y el uso lingüistico de su pueblo, mantenido durante generaciones y generaciones, a través de diversos regímenes y formas de gobierno.

En la época en que el nombre «nación» se usa abusivamente -Naciones Unidas- por todos los países que son o se creen soberanos, desde los más grandes hasta los que apenas se encuentran en el mapa, con estructuras sociales y políticas que nada tienen que ver con la de la nación, resulta que la más vieja nación del mundo parece dispuesta a dejar de llamarse -y entenderse- así. El anteproyecto recurre a cualquier arbitrio imaginable con tal de escamotear el nombre «Nación»: «sociedad», «pueblo», «pueblos» y, sobre todo, «Estado español» -la denominación que puso en circulación el franquismo por no saber bien cómo llamarse, que ha ocupado tantos años los membretes de los impresos oficiales- Pero ocurre que estos conceptos no son sinónimos; y usarlos como si lo fueran significa una falta de claridad sobre las realidades colectivas, disculpable en la mayoría de los hombres, pero no en los autores de una Constitución.

Ahora que la Iglesia -sabiamente- ha añadido a los pecados de pensamiento, palabra y obra los de omisión, la de la palabra Nación en el texto constitucional propuesto resulta difícilmente perdonable. En él, en efecto, nunca se dice que España es una nación, lo cual equivale a decir que España no es una nación, ya que en ese texto era necesario decirlo. Me gustaría computar -en caliente, directamente- lo que de ello piensan los españoles, si se dan cuenta de lo que se intenta hacer con su país, es decir, con ellos (y con sus descendientes).

Pero no es esto sólo. La idea nacional se cuela en el anteproyecto, como de pasada, en el artículo dos, que dice así: «La Constitución se fundamenta en la unidad de España y la solidaridad entre sus pueblos y reconoce el derecho a autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.» Yo no sé qué quiere decir que la Constitución «se fundamenta en la unidad de España»; entendería que la reconozca o la afirme o la proclame; pero esto no es demasiado grave. Sí lo es que el texto diga que integran España «nacionalidades y regiones». Explicaré por qué me parece así.

Esta Constitución, tan enemiga de toda «discriminación», la practica aquí en las más serias cuestiones. Según ella, hay en España dos realidades distintas, a saber, «nacionalidades» y «regiones». En una Constitución, habría que decir cuáles son -y me gustaría saber quién se atreve a hacerlo, y con qué autoridad-. Pero lo más importante es que no hay nacionalidades -ni en España ni en parte alguna-, porque «nacionalidad» no es el nombre de ninguna unidad social ni política, sino un nombre abstracto, que significa una propiedad, afección o condición. El Diccionario de Autoridades (1734) dice: «NACIONALIDAD. Afección particular de alguna nación,. o propiedad de ella.» Y la última edición (1970) del Diccionario de la Academia la define así: «Condición y carácter peculiar de los pueblos e individuos de una nación. 2. Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación. »

Es decir, España no es una «nacionalidad», sino una nación. Los españoles tenemos «nacionalidad española»; existe la «nación España», pero no la «nacionalidad España» -ni ninguna otra-. Con la palabra «nacionalidad», en el uso de algunos políticos y periodistas en los últimos cuatro o cinco años, se quiere designar algo así como una «subnación»; pero esto no lo ha significado nunca esa palabra en nuestra lengua. El artículo del anteproyecto no sólo viola la realidad, sino el uso lingüístico.

Algunos defensores de esa acepción espúrea de la palabra «nacionalidad» invocan el precedente del famoso libro Las nacionalidades, publicado hace poco más de un siglo por D. Francisco Pi y Margall, catalán, republicano federal, uno de los presidentes del poder ejecutivo de la efímera I República Española (febrero de 1873 a enero de 1874). Ahora bien, al invocar ese libro demuestran no haberlo leído. Porque Pi y Margall no llamó nunca «nacionalidades» a ningún tipo de unidades político-sociales, ya que sabía muy bien la lengua española en que escribía -en que escribió tan copiosamente- Las «nacionalidades» de que habla son, no Francia, España, Alemania, Suiza o Estados Unidos, sino la nacionalidad francesa, la española, la alemana, la suiza, la norteamericana, etcétera. Usa la expresión en el sentido en que -todo el siglo XIX habló del «principio de las nacionalidades». A las naciones, Pi y Margall las llamaba «naciones»; y a lo que solemos llamar «regiones», casi siempre las denominaba con la vieja palabra romana, de amplísima significación, «provincias». Lo que pasa es que resulta más cómodo leer títulos que libros, y los antiguos, ni siquiera solían tener las socorridas solapas que tantas veces simulan un conocimiento inexistente.

Al hablar -con entusiasmo- del principio federalista, que Pi y Margall pretendía aplicar a todos los niveles, desde el municipio hasta Europa, escribe, por ejemplo:
«Yerra el que crea que por esto se hayan de disolver las actuales naciones. ¿Qué había de importar que aquí, en España, recobraran su autonomía Cataluña, Aragón, Valencia y Murcia, las dos Andalucías, Extremadura, Galicia, León, Asturias, las Provincias Vascongadas, Navarra, las dos Castillas, las islas Canarias, las de Cuba y Puerto-Rico, si entonces como ahora había de unirlas un poder central, armado de la fuerza necesaria para defender contra propios y extraños la integridad del territorio, sostener el orden cuando no bastasen a tanto los nuevos Estados, decidir las cuestiones que entre éstos surgiesen y garantizar la libertad de los individuos? La ración continuaría siendo la misma. Y ¿qué ventajas no resultarían del cambio? Libre el poder central de toda intervención en la vida interior de las provincias y los municipios, podría seguir más atentamente la política de los demás pueblos y desarrollar con más acierto la propia, sentir mejor la nación y darle mejores condiciones de vida, organizar con más economía los servicios y desarrollar los grandes intereses de la navegación y el comercio; libres por su parte las provincias de la sombra y tutela del Estado, procurarían el rápido desenvolvimiento de todos sus gérmenes de prosperidad y de riqueza: la agricultura, la industria, el cambio, la propiedad, el trabajo, la enseñanza, la moralidad, la justicia. En las naciones federalmente constituidas, la ciudad es tan libre dentro de la provincia como la provincia dentro del cuerpo general de la República.
Pi y Margall extiende la misma Consideración a otras nación es: «Otro tanto sucedería en Francia si se devolviese a sus provincias la vida de que disfrutaron, y en Italia, si se declarase autónomos sus antiguos reinos y repúblicas, y en la misma Inglaterra, si lo fuesen Escocia e Irlanda... Inglaterra, Italia y Francia seguirían siendo las naciones de ahora.» Pi y Margall habla constantemente de «grandes naciones» y «pequeñas naciones»: ni a unas ni a otras se le pasa por la cabeza llamar «nacionalidades». Y el libro III de Las nacionalidades se titula La Nación española.

¿De dónde viene entonces este uso caprichoso e inaceptable de la palabra «nacionalidad»? Es, simplemente, un anglicismo, de los que tanto gustan los que no tienen mucha familiaridad con la lengua inglesa. Si no me equivoco, procede de John Stuart Mill, que en su tratado sobre Representative Government (1861) usó la palabra nationality en su recta significación y, además, de manera imprecisa, como designación de una comunidad. Mill habla de feeling of nationality (sentimiento de nacionalidad), French nationality (nacionalidad francesa), etcétera. Pero también dice, por ejemplo-, «A portion of mankind may be said to constitute a Nationality if they are united among themselves by common sympathies which do not exist between them and any others, etcétera.» («Puede decirse que constituye una Nacionalidad una porción de humanidad si están unidos entre sí por simpatías comunes que no existen entre ellos y otros cualesquiera, etcétera.»).

Por esta vía -una teoría polítíca inglesa de mediados del siglo XIX- ha entrado en nuestra lengua una moda recentísima, imprecisa, que aparece con alguna frecuencia en nuestros periódicos y en los discursos de algunos políticos que acaso no saben muy bien de qué hablan. Parece demasiado que tan livianos motivos determinen la Constitución de la Nación española, introduzcan una arbitraria desigualdad entre sus miembros y pongan en pelígro la articulación inteligente y fecunda de un sistema de autonomías eficaces, fundadas en la realidad, no en oscuros rencores o en la confusión mental.

(Camagüey) Hotel Residencial, Puerto Príncipe


Recuerdo cuando Manolito tiraba la FM en directo, en los 80s, en el Panorama.


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"Avenida de los Mártires entre Francisco Agüero y Andrés Sánchez. Año 1946: Arq. Claudio Muns Blanchart.

"Edificio de cinco niveles con una línea de diseño art déco muy modesta que anuncia el tránsito hacia el racionalismo de la segunda mitad del XX. Su fachada principal presenta tres cuerpos bien definidos en sentido vertical. Los dos primeros correspondientes a las dos primeras plantas, uno con portal público y el superior con portal privado, se adecuan en sus puntales diferentes a los de las casas colindantes, en una clara intención de integración. El tercero abarca las tres plantas restantes cuya composición es en base a vanos estrechos y esbeltos con pequeños balcones. El ancho de la fachada también se divide en tres cuerpos mediante tres pilastras ranuradas, finalizadas en saetas que acentúan la verticalidad propia del art déco. Estas pilastras en la planta baja se convierten en grandes columnas cuadradas que soportan el portal, en el que se adosan falsas ménsulas que forman parte de la decoración. En la cuarta planta se observan, encima de los vanos, los recuadros decorativos de figuras geométricas típicos del déco camagüeyano, motivo que se repite a mayor escala en el plano interno de la fachada de la planta baja. El interior del hotel está transformado y no conserva elementos propios del estilo. En el último nivel, con una parte a cielo abierto radica el cabaret Panorama". (Información tomada de "Guía de arquitectura y paisaje de Camagüey y Ciego de Ávila" Año 2008)

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Publicidad año 1949
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Gaspar, El Lugareño Headline Animator

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